domingo, 17 de marzo de 2013

DIVORCIO Y MUEBLES

DIVORCIO CON MUEBLES:


¿Qué cónyuge se queda con los muebles en caso de divorcio express o separación matrimonial?

En primer lugar habrá que atenrse a los pactos matrimoniales, pues con independencia de cual de los esposos le correspondiera, cabe pacto en contrario de modo que se podrá repartir de modo amistoso del modo que se estime conveniente.

En los casos de desacuerdo, desgraciadamente bastante frecuentes, habrá que atenerse a la titularidad de los muebles de que cónyuge tiene derecho a la propiedad de los mismos dependiendo en primer término del régimen económico matrimonial, y en segundo de los derechos de unos y otros respecto los mismos (título de adquisición).

En el caso de la sociedad de gananciales los muebles serán propiedad de ambos, debiendo acudir en defecto de acuerdo al correspondiente proceso de liquidación de sociedad de gananciales. Para el supues de que se hayana adquirido los bienes con seapración de bienes o antes de contraer el matrimonio (de solteros), los muebles serán del conyuge que aparezca como titular adquirente en la factura correspondiente (de no tener factura no se podría justificar la titualridad y al ser un bien mueble el titular sería su poseedor).

En ocasiones los muebles son regalos realizados al matrimonio (régimen común similar al de la sociedad de gananciales), o a uno sólo de los esposos (supuesto de separación de bienes). Obviamente con independencia de la propiedad de los muebles, si el uso de la vivineda en la que se hayan se atribuye a uno de los esposos, también tendrá derecho al uso de los muebles si son elementos esenciales.

DIVORCIO Y REPARATO Y ADJUDICACIÓN DE LO MUEBLES.

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